- Orden EDU/50/2026, de 23 de octubre, por la que se convoca concurso de traslados para personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros de Taller de Artes Plásticas
- Orden EDU/51/2026, de 23 de octubre, por la que se aprueba la convocatoria del concurso de traslados de ámbito estatal para provisión de plazas vacantes en la Inspección de Educación.
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ACCESO SOLICITUD CONCURSO DE TRASLADOS 2026-2027
- Manual de usuario de la aplicación (Se publicará más adelante)
- El plazo para presentar solicitudes y documentación de méritos estará abierto del 5 de noviembre (a las 10 h) al 26 de noviembre de 2026, ambos inclusive
- Las personas participantes deberán completar dentro de este plazo tanto la solicitud como la petición de centros, la baremación de méritos y la documentación justificativa que corresponda
- Una vez finalizado, no se admitirán nuevas solicitudes, cambios en las peticiones ni documentación adicional de méritos, salvo las actuaciones previstas expresamente en la convocatoria
- En caso de duda o incidencia técnica, póngase en contacto con la Consejería a través de los siguientes correos electrónicos:
- soportectprimaria@educantabria.es
- soportectsecundaria@educantabria.es
- Solo se atenderán los correos electrónicos enviados a estas cuentas de soporte en horario de atención al público, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes
ANPE te ayuda en el proceso:
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DUDAS sobre el procedimiento: anpe@anpecantabria.org
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REUNIÓN online de ANPE
- Martes 10 de noviembre de 2026, a las 17:30 h, por Zoom:
- https://us02web.zoom.us/j/6777334871?pwd=WjlHZUFodHMzL1h6Z0NJb3lPblh5UT09&omn=82031356959
- ID de reunión: 677 733 4871
- Clave de acceso: ANPEContig
- Martes 10 de noviembre de 2026, a las 17:30 h, por Zoom:
- Visitas de ANPE Cantabria a los centros para resolver dudas sobre el concurso: (Este listado se va actualizando permanentemente)
- RESUMEN de ANPE con las principales NOVEDADES del baremo (Estas novedades son las mismas que en el concurso anterior: el baremo es el mismo)
- Forma de acreditar la Competencia Digital Docente (CDD): con el documento que puedes descargar desde Puntal - Descarga de documentación - REGISTRO DE FORMACIÓN
- Tablas de certificados reconocidos por ACLES para acreditar idiomas
- Resolución de 27 de marzo de 2026, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2026, por el que se aprueban las plantillas de personal de los Cuerpos Docentes
- En el Anexo III de la convocatoria (página 33 y siguientes) aparecen los CEIP con unidades de orientación
Resumen:
¿Quién debe participar?
- Participación obligatoria:
- Personal funcionario con destino provisional que presta servicios en Cantabria durante el curso 2026-2027
- Personal funcionario en prácticas seleccionado en los procedimientos convocados en 2025, que debe obtener su primer destino definitivo en Cantabria y por la especialidad por la que superó el proceso selectivo
- Personal con pérdida de destino definitivo, reingreso o reincorporación previstos en la base décima de la orden
- Quienes tengan participación obligatoria deben prestar especial atención a la petición de centros: si no presentan solicitud o no solicitan suficientes plazas, en los supuestos previstos en la convocatoria podrá adjudicárseles destino de oficio. El personal participante con carácter obligatorio no puede renunciar al concurso
- Participación voluntaria
- Personal funcionario de carrera con destino definitivo en Cantabria que cumpla el requisito de que, a 31 de agosto de 2027, hayan transcurrido al menos dos años desde la toma de posesión de su último destino definitivo
¿Cómo presentar la solicitud?
- ACCESO SOLICITUD CONCURSO DE TRASLADOS 2026-2027
- Debe presentarse una única solicitud por cada cuerpo en el que se participe, aunque se soliciten varias especialidades o plazas de distintas comunidades autónomas
- Si se cumplimentan varias solicitudes del mismo cuerpo, solo se tramitará la última que se haya cumplimentado y finalizado dentro del plazo
- Hay que ordenar los centros y puestos por preferencia, completar la baremación y adjuntar telemáticamente la documentación justificativa que proceda
- Después de revisar la vista preliminar, hay que pulsar el botón para finalizar la solicitud
- La aplicación generará un recibo con la fecha, la hora y el número de solicitud. No es necesario imprimirla ni presentarla después en un registro
Documentación y méritos: qué conviene revisar
- Los requisitos y méritos deben reunirse al finalizar el plazo de solicitudes
- Solo se valorarán los méritos alegados y debidamente justificados en tiempo y forma, y perfeccionados hasta el 26 de noviembre de 2026
- Quienes participaron en el concurso de traslados de 2024-2025 o de 2025-2026 tendrán incorporados los méritos de su última participación:
- Si están conformes con la valoración de un apartado, pueden mantener marcada la casilla de conformidad y no aportar de nuevo su documentación justificativa para ese apartado
- Si discrepan de la puntuación de algún apartado, deberán desmarcar la casilla correspondiente y adjuntar la documentación justificativa que proceda
- Quienes no participaron en esos concursos deberán cumplimentar todos los apartados del baremo y aportar la documentación exigida, salvo las excepciones previstas en la orden
Petición de centros y derechos preferentes
Las plazas deben solicitarse mediante los códigos de centro o localidad y los códigos de puesto o especialidad que figuran en los anexos de la convocatoria. Antes de finalizar la solicitud, conviene comprobar que las peticiones están ordenadas como se desea y que se han consignado las plazas necesarias, especialmente cuando la participación es obligatoria.
Quienes ejerzan un derecho preferente a centro, localidad o zona deben indicarlo en el apartado correspondiente y consignar los datos y las peticiones que exige la orden. La convocatoria contempla también el derecho de concurrencia para grupos de hasta cuatro funcionarios o funcionarias: todas las personas del grupo deben obtener destino para que se acepte la solicitud por esta vía.
Qué ocurre después de presentar la solicitud
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Listas y puntuaciones provisionales: cuando se publiquen las listas provisionales de personas admitidas y excluidas y las puntuaciones, se abrirá un plazo de cinco días hábiles para solicitar la corrección de errores
- Adjudicación provisional: se abrirá un plazo de diez días hábiles para presentar reclamaciones. Durante ese mismo plazo, quienes participen voluntariamente podrán renunciar al concurso, pero la renuncia será total: no se puede renunciar solo a algunas peticiones. Las personas con participación obligatoria no pueden renunciar
- Adjudicación definitiva: contra la resolución definitiva relativa a plazas de Cantabria podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación
- La convocatoria no fija una fecha concreta para publicar las listas ni las adjudicaciones provisionales y definitivas. La Consejería las anunciará en Educantabria, en el apartado de concurso de traslados 2026-2027. Antes de cada fase de adjudicación se publicarán las vacantes correspondientes
Normativa de aplicación a este concurso:
- Orden EFD/1041/2026, de 30 de septiembre, por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal que deben convocarse durante el curso 2026/2027 para el personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación. Fue publicada en el BOE de 6 de octubre de 2026
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en lo que sea de aplicación.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, en aquellos artículos que siguen vigentes.
- Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, que regula la normativa básica del procedimiento de integración del profesorado del Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
- Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos recientemente modificado por el Real Decreto 677/2024, de 16 de julio.
- Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
- Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, sobre adscripción a las especialidades propias de la Formación Profesional Específica, así como el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo.
- Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, en lo que permanece en vigor.
- Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior.
- Real Decreto 428/2013 de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de Música y de Danza.
- Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.
- Real Decreto 1284/2002, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, se adscriben a ellas los profesores de dichos Cuerpos y se determinan los módulos, asignaturas y materias que deberán impartir.
- Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria, reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Orden EDU/41/2022 de 8 de agosto por la que se regulan los programas de diversificación curricular en los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Orden ECD/100/2015 de 21 de agosto, que regula los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.